La aplicación de la conciliación de la vida laboral y familiar en nuestro Ordenamiento Jurídico se manifiesta a través del conjunto de todas aquellas medidas tendentes a facilitar la compatibilidad de la vida laboral y familiar de los trabajadores, hombres y mujeres, debiendo superar que la conciliación es principalmente un problema de aquéllas, pues lo realmente importante es entenderlo como un problema de carácter social que ha de encontrar solución con el esfuerzo y la implicación conjunta de trabajadores, empresas, agentes sociales y poderes públicos.
Las estadísticas publicadas reflejan el incipiente aumento de número de mujeres que accede al mercado de trabajo en muchos casos abocadas por la situación familiar de desempleo de sus parejas y en otros casos por el cambio social de incorporación paulatina de la mujer al mercado de trabajo
Y todo lo anterior encuentra su espíritu en la Exposición de Motivos y previsiones contenidas en la Ley 39/1999, de 5 de Noviembre, para Promover la Conciliación de la Vida Laboral y Familiar de las Personas Trabajadoras que basado en el artículo 14, 39 y 9.2 de la Norma Fundamental al establecer que como prioridad "está el configurar un sistema que contemple las nuevas relaciones sociales surgidas y un nuevo modo de cooperación y compromiso entre hombres y mujeres que permita un reparto equilibrado de responsabilidades en la vida profesional y privada.