Entre otras muchas funciones, “Cultura y Mecenazgo” realiza estudios, fomenta las relaciones entre entidades beneficiarias y mecenas, divulga el marco legal del mecenazgo y elabora propuestas normativas, además de ejercer de consultorio sobre mecenazgo cultural a todas las partes interesadas. Para ubicar el tema que tratamos en este Dosier Especial, ¿puede definirnos el concepto ‘Mecenazgo’?
Si atendemos a la definición que nos proporciona la RAE, el mecenazgo es cualquier protección o ayuda dispensadas a una actividad.
La ley que regula el mecenazgo en nuestro país, la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen jurídico de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, no ofrece una definición de mecenazgo, si bien de ella se puede deducir que el mecenazgo comprende un conjunto de donativos, donaciones y otras aportaciones a una serie de entidades a las que se atribuye la cualidad de ser entidades beneficiarias de mecenazgo en los términos establecidos en dicha ley (que es el de posibilitar al donante que se deduzca fiscalmente por la donación realizada).
En cualquier caso, nos gustaría transmitir de una forma clara y sencilla el concepto de mecenazgo delimitándolo y distinguiéndolo de otras figuras afines con las que usualmente se confunde, como es el patrocinio.
Ya hemos dicho que el mecenazgo es cualquier protección o ayuda dispensada a una actividad, debiendo añadir ahora que dicha protección o ayuda no se rige más que por el ánimo de liberalidad del donante, esto es, que no debe intermediar en la acción de éste la intención de querer recibir algo a cambio. Es por ello que el elemento de la contraprestación resulta fundamental para encuadrar una acción dentro del concepto de mecenazgo (cuando no la hay) o del de patrocinio (cuando sí la hay). Todo ello a pesar de que la realidad desvirtúa en muchas ocasiones la literalidad de la ley 49/2002 (que determina taxativamente que las donaciones serán puras y simples y que no podrán estar sujetas a contraprestación alguna), ya que la práctica habitual de muchas instituciones culturales es otorgar algún tipo de reconocimiento al donante, por más que dicha contraprestación exceda la mera liberalidad inicial de éste.
Una parte importante de la Unidad Cultura y Mecenazgo es divulgar los incentivos y ventajas para las empresas a la hora de llevar a cabo actuaciones en este ámbito. ¿Qué incentivos fiscales existen en la actualidad para las donaciones realizadas por personas físicas y jurídicas?
Como ya hemos adelantado, los incentivos fiscales se regulan en la ley 49/2002, que es una ley que regula esencialmente el tratamiento fiscal del mecenazgo en España. Esta ley ha sido mejorada sustancialmente en los últimos años en lo que respecta a los incentivos fiscales al micromecenazgo para potenciar el mecenazgo realizado por las personas físicas (dado que en España tradicionalmente han donado más las empresas).
Una primera gran reforma en este sentido fue la que tuvo lugar en el año 2014, y que entró plenamente en vigor el 1 de enero del 2016, la cual elevó del 25% al 75% el porcentaje de deducción de las donaciones de hasta 150 euros efectuadas por las personas físicas a las entidades beneficiarias reconocidas en la ley. Pero, además, la actual crisis por la que atraviesa no sólo el sector cultural sino el conjunto de actividades económicas derivada de la pandemia del Covid-19 condujo a elevar en 2020 dicho porcentaje de deducción al 80%. Esto quiere decir que a cualquier persona física que realice una donación de 150 euros a una entidad beneficiaria, Hacienda le devolverá 120 euros en su declaración de la renta. Y, para todas las donaciones que superen esta cantidad, el porcentaje de deducción se cifra como regla general en el 35% de la cuota íntegra del IRPF.
Por lo que respecta a las personas jurídicas, la cantidad donada tiene una deducción en la cuota del IS del 35%.
No obstante, expuestas estas reglas generales, tanto para el caso de las personas físicas como el de las personas jurídicas han de tenerse en cuenta las siguientes consideraciones. La primera es que la ley premia las donaciones fidelizadas, que son aquellas realizadas por un donante a una misma entidad por importe igual o superior al del año anterior y durante al menos 3 años consecutivos, en cuyo caso el porcentaje de deducción experimenta una bonificación del 5% respecto del porcentaje de deducción primigenio.
En segundo lugar, la ley introduce una serie de límites a las deducciones, que operan de forma desigual para las personas físicas y para las personas jurídicas. Estos límites se refieren a que las donaciones no pueden exceder un determinado porcentaje (10% de la base liquidable en el IRPF y 10% de la base imponible del IS), y la posibilidad o no de diferimiento (aplicar las cantidades excedentarias durante los siguientes años, lo cual se permite tan sólo para las empresas jurídicas en los 10 años inmediatos y sucesivos al año en que tuvo lugar la donación).
En cualquier caso, para una mayor claridad expositiva invitamos a consultar el siguiente enlace de descarga a nuestro tríptico informativo, donde se ofrece información sistematizada y práctica sobre dicho régimen de incentivos fiscales.
De otra parte, si bien es cierto que los incentivos fiscales ocupan un papel central en la ley 49/2002, no podemos terminar sin al menos mencionar que la ley contempla otros incentivos fiscales asociados a otras formas de mecenazgo, como los convenios de colaboración empresarial con actividades de interés general y los acontecimientos de especial interés público.
Un tema muy destacado de la labor de su Unidad es el “Sello Cultura y Mecenazgo”. ¿Quién puede postar a esta distinción? ¿Puede citarnos algunas organizaciones reconocidas?
El “Sello Cultura y Mecenazgo” surgió del reconocimiento de dos necesidades: la de contar con apoyos externos en nuestra labor de fomento del mecenazgo cultural, y la de reconocer el trabajo de aquellos también implicados en este objetivo.
Para ello se creó una representación gráfica que permite identificar aquellos proyectos que contribuyen a esta tarea. Pueden solicitarlo aquellas empresas, organizaciones o proyectos, tanto públicos como privados, que cumplan con alguno de estos dos criterios:
- Que lleven a cabo proyectos que contribuyan al fomento del mecenazgo cultural entre la sociedad española, den a conocer su importancia, y/o los incentivos fiscales al mecenazgo en vigor, o
- Para las que el mecenazgo contribuya a su financiación o a la realización de sus actividades culturales y que se comprometan, con la solicitud y aceptación del sello, a hacer difusión de los incentivos fiscales al mecenazgo en vigor.
Toda la información sobre qué documentación es necesario aportar para optar a la concesión del sello se puede encontrar en nuestra página web. También se pueden encontrar las organizaciones a las que se ha concedido el sello en otro apartado de la misma.
Podemos destacar, por ejemplo, a la Asociación Hispania Nostra, que cumple un papel fundamental en el fomento de la participación de los ciudadanos en las tareas de preservación del patrimonio histórico y artístico y que cuenta con su propia plataforma de micromecenazgo para este fin. Pero también encontramos sellos concedidos a entidades con otro perfil: una asociación de empresarios que colabora en la difusión de los incentivos fiscales al mecenazgo, festivales como Intramurs, instituciones como el Centro Niemeyer, etc. Son perfiles diversos y distribuidos por buena parte del territorio.
La situación sanitaria que nos afecta ha limitado, como al resto de organizaciones del país, la realización de jornadas, eventos y seminarios presenciales por parte de su Unidad. ¿Cuándo prevén volveer a realizar nuevos eventos y cómo han mantenido su actividad de difusión y divulgación durante los últimos meses.
Desde marzo de 2020 la actividad de difusión de la unidad ha estado marcada por el inicio de la COVID-19.
Esta actividad se trasladó a la web: se creó un blog en el que se ha ido explicando de forma sencilla tanto la regulación estatal de mecenazgo como conceptos clave en la materia; participamos en la difusión de contenidos útiles para gestores culturales dentro de la campaña que se organizó por parte del Ministerio de Cultura y Deporte; se intensificó el uso de nuestras cuentas en redes sociales (Twitter, Facebook); se organizaron webinars dedicados a explorar las posibilidades del crowdfunding en el ámbito cultural, tanto en general como centradas en el sector de las artes escénicas; y se ha participado en actividades organizadas por otros actores clave como las jornadas dedicadas a captación de fondos para el sector cultural que la oficina Europa Creativa celebró el pasado mes de diciembre.
En el periodo que ha transcurrido de 2021, las actividades de difusión han seguido organizándose de forma online. Podemos destacar la presentación del estudio sobre mecenazgo de competencias en la que contamos con vuestra colaboración y participación. La siguiente actividad será la jornada en la que se presentará este dossier de Corresponsables dedicado a profundizar en el apoyo de las empresas a la cultura a través de la Responsabilidad Social Corporativa. Está previsto el retorno paulatino a la organización de actividades de difusión presenciales, que se complementarán de forma online. Y la unidad también seguirá participando en actividades organizadas por otros actores clave en materia de mecenazgo cultural en las que sea invitada.
¿Qué importancia le dan al ODS 17 referente al establecimiento de Alianzas para el logro de los objetivos de desarrollo sostenible en su ámbito de actuación?
La cultura como tal no cuenta con un ODS propio, pero su presencia es transversal y central en la Agenda 2030, tal y como pone de manifiesto que la ONU haya declarado este año 2021 el Año Internacional de la Economía Creativa para el Desarrollo Sostenible, destacando el papel fundamental de las industrias culturales y creativas para conseguir este objetivo global.
En cuanto al ODS17, relativo al establecimiento de alianzas, y nuestro ámbito de actuación, que es el del fomento del mecenazgo cultural y la participación social en la financiación del sector cultural, pensamos que es clave. De ahí la búsqueda de posibles actuaciones conjuntas con otros actores que puedan ayudarnos en nuestra labor, como es este dossier con Corresponsables, que tiene el objetivo de dar visibilidad al apoyo a la cultura que se realiza desde las empresas, grandes y PYME, de nuestro país, y animar a otras a seguir su ejemplo.
Además, en un contexto como el actual en el que diversos temas gozan de especial relevancia, es importante que el sector cultural busque y cree sinergias con ellos, ya que no nos son ajenos. Hablamos del ámbito social, el de la salud o la lucha contra el cambio climático, entre muchos otros.
Esta entrevista forma parte del Dosier Corresponsables “Cultura y Mecenazgo”