MAPFRE se adhiere a la guía de buenas prácticas de la patronal de las aseguradoras, UNESPA, sobre el derecho al olvido oncológico para los seguros contratados antes de 30 de junio de 2023.
El real decreto-ley 5/2023, que reconoce el derecho al olvido oncológico para que estos expacientes no sean discriminados, no prevé la aplicación de este derecho con carácter retroactivo a los contratos de seguro suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto.
Por ello, como medida de autorregulación, UNESPA promovió una guía de buenas prácticas sobre el derecho al olvido oncológico para los seguros contratados antes del 30 de junio de 2023, a la que MAPFRE se ha adherido.
Compromisos
Mediante la adhesión a esta guía, la aseguradora se compromete a no tener en cuenta si el cliente ha padecido un cáncer en sus seguros de salud y de vida, y en todas sus coberturas complementarias. Este derecho evita que estas personas tengan que justificar su historial médico y que sean discriminadas por haber padecido esta enfermedad, y aplica el derecho al olvido oncológico a los seguros contratados con anterioridad a la citada fecha.
Además, MAPFRE se compromete, en caso necesario, a eliminar la sobreprima derivada de los antecedentes oncológicos del asegurado y la exclusión o limitación de alguna cobertura del contrato, que estableciera que la misma no cubre el siniestro o la prestación derivada de los antecedentes oncológicos del asegurado.
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