Ante el nuevo procedimiento sobre la autorización de instalación de energías renovables, incluido en un Real Decreto-ley que el Congreso debatirá en los próximos días, las organizaciones Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF advierten de que puede tener un efecto contrario a lo que pretende. En lugar de acelerar el proceso para que España tenga un sistema eléctrico 100% renovable, es probable que ralentice el despliegue renovable a base de demandas en los tribunales, erosionando la participación y la aceptación social de la necesaria transición energética. Y todo ello, mientras se expone a numerosas especies amenazadas y espacios de alto valor ecológico, a un riesgo innecesario y sin precedentes. Estas organizaciones recuerdan que no debe haber conflicto entre acelerar el despliegue de las energías renovables y la protección de la biodiversidad, ambas medidas imprescindibles para abordar la emergencia climática.
Las organizaciones ecologistas apremian al Gobierno de España y a los partidos políticos con representación parlamentaria a retirar esta medida y mantener el actual sistema, en el que se restringe esta vía rápida de tramitación ambiental a proyectos ubicados en zonas de baja sensibilidad ambiental, cuya definición debe, además, mejorarse.
En opinión de Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF, la medida puede tener un efecto contrario a lo que señala la declaración de emergencia climática y ambiental del Gobierno al ralentizar el despliegue renovable a través de su judicialización, poner en riesgo la protección de la biodiversidad y las políticas de desarrollo rural y fomentar el desapego y el rechazo social al despliegue renovable. Este rechazo puede producirse especialmente en las comunidades rurales retrasando la urgente y necesaria transición energética, que como inciden las organizaciones ambientales debe sustentarse en una planificación en positivo de energías renovables responsables, tanto social como ecológicamente.
Inseguridad jurídica y agravios comparativos
La medida que se someterá a convalidación por parte del Congreso amplía de facto esta vía rápida a cualquier proyecto renovable, con independencia de su tamaño o de si se ubica en un espacio con altos valores ecológicos o relevante para especies amenazadas, aunque sí excluye aquellos ubicados en espacios protegidos legalmente (excepto las reservas de la biosfera) o en el mar. Será de aplicación para todos los proyectos que tramite el Gobierno (aquellos superiores a 50 MW, es decir, los más grandes), pero la norma habilita a las Comunidades Autónomas a aplicarlo en sus respectivos territorios.
Este planteamiento genera inseguridad jurídica y da pie a agravios comparativos, que ponen en duda la efectividad de la medida e, incluso, su ajuste a la normativa europea e internacional.
En primer lugar, porque acorta significativamente los plazos de tramitación ambiental para los proyectos de mayor tamaño que, precisamente por ser más grandes y cubrir más superficie, tienen en general más riesgo de generar impactos críticos contra el medio ambiente. Además, como es probable que no todas las comunidades autónomas adopten esta vía rápida (de hecho, apenas 6 regiones han adoptado la actual vía rápida restringida a zonas de baja sensibilidad ambiental y solo 5 de ellas tienen mapas de sensibilidad ambiental actualizados y publicados), se dará la paradoja de que proyectos más pequeños, incluso algunos vinculados a comunidades energéticas locales, tengan un procedimiento ambiental mucho más exigente y dilatado en el tiempo.
En segundo lugar, porque exceptuar de manera tan amplia a los proyectos renovables de una tramitación ambiental ordinaria tiene, a juicio de las organizaciones ecologistas, difícil encaje con lo que establece la Directiva que regula los trámites de impacto ambiental en toda la Unión Europea. Por otro lado, excluye la participación de la ciudadanía en el proceso ambiental, lo que no tiene fácil acomodo con el Convenio de Aarhus, un tratado internacional suscrito por España sobre acceso a la información, participación del público en la toma de decisiones y acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
A escala nacional, la medida tampoco parece guardar coherencia con la Ley de Cambio Climático y Transición Energética que, en su artículo 21.2, señala que “para garantizar que las nuevas instalaciones de producción energética a partir de las fuentes de energía renovable no producen un impacto severo sobre la biodiversidad y otros valores naturales, se establecerá una zonificación que identifique zonas de sensibilidad y exclusión por su importancia para la biodiversidad, conectividad y provisión de servicios ecosistémicos, así como sobre otros valores ambientales”. El artículo, además, mandata que el Gobierno de España, en coordinación con las comunidades autónomas, velen “para que el despliegue de los proyectos de energías renovables se lleve a cabo, preferentemente, en emplazamientos con menor impacto”.
En tercer lugar, porque es una medida incoherente con lo que la propia UE ha pedido a los Estados miembros para acelerar el despliegue renovable frente a la crisis energética que ha provocado la guerra en Ucrania. Aunque el reglamento europeo podría entrañar también graves problemas en el despliegue de las energías renovables, al menos, la Unión Europea ha pedido a los países que definan zonas de acceso prioritario para el despliegue renovable, es decir, aquellos espacios que son preferentes porque su ubicación tiene menos impacto en la naturaleza. La medida que el Ejecutivo español quiere aprobar parece declarar como zona preferente todo el territorio que no cuenta con alguna figura de protección ambiental, lo cual, además, choca especialmente con el trabajo que ya había hecho el Gobierno al aprobar una zonificación en función de su sensibilidad ambiental respecto a los proyectos eólicos y fotovoltaicos.
En cuarto lugar, la medida puede situar a las funcionarias y funcionarios de los departamentos encargados de analizar ambientalmente los proyectos en una situación de indefensión, dado que se convierten en el único agente que vela por el cumplimiento de la normativa y cuentan con tan solo diez días para analizar toda la documentación aportada por el promotor sobre el potencial impacto ambiental de su proyecto.
Y en quinto lugar, la nueva normativa habilita solo 10 días para que formulen observaciones los responsables de medio ambiente, principalmente de las comunidades autónomas, al tener las competencias de conservación de la naturaleza. En el caso de que no puedan contestar, se considera como aceptación a la misma. Lo que quiere decir que los órganos de la administración que disponen de la información ambiental más actualizada no participarán en el proceso, o bien, lo harán de forma precipitada. De facto, supone que el proceso de evaluación de impacto desaparece y se convierte en una evaluación del estudio de impacto que proporciona el promotor.
Urgencia climática
WWF, SEO/BirdLife, Greenpeace, Ecologistas en Acción y Amigos de la Tierra comparten la necesidad de sustituir de forma urgente las energías fósiles y nucleares por renovables y recuerdan que la senda de cómo hacerlo es clara: dotar de mayores recursos a los departamentos que se encargan de la evaluación ambiental y la ordenación y zonificación territorial y planificar un despliegue ordenado y vinculante que priorice los proyectos más cercanos a donde se consume, esto es, facilitar el desarrollo de renovables en zonas de baja sensibilidad ambiental priorizando las zonas degradadas (por ejemplo, las fuertemente antropizadas, las industriales, las ocupadas por infraestructuras, etc.); y, como ya había decidido el Gobierno, sobre aquellas zonas que se han identificado como de bajo impacto ambiental.
Poner en peligro el marco normativo europeo que vela por la protección de la biodiversidad será contraproducente para abordar la crisis ambiental, para la que el Gobierno aprobó una declaración ante la emergencia climática y ambiental en la que se incluía como uno de los ejes de acción el fortalecer las sinergias con las políticas de desarrollo rural, de protección de la biodiversidad y reconocimiento de servicios ambientales, el impulso de las oportunidades de la transición energética y las energías renovables para generar nuevo empleo verde, acción contra el cambio climático que la sociedad española demanda y necesita.
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