Para poner en contexto lo anterior, cabe mencionar que la comentada ley, fue creada en una época donde era necesario proteger a los trabajadores de los abusos del patrón, pero que en la actualidad resulta excesiva y un tanto desproporcionada. En la actualidad, contratar y despedir a un empleado resulta sumamente costoso; esta situación derivó en un temor generalizado por parte del empleador y modificó el campo laboral. Algunos de los cambios más notorios son el surgimiento del modelo de contratación outsourcing, que en los últimos tiempos acaparó el mercado, pues se trata de un esquema donde el patrón se deslinda de responsabilidades económicas en caso de despido y éstas recaen en una agencia especializada; y por supuesto la migración hacia Estados Unidos en busca de mejores fuentes de empleo.
Durante el último Foro Económico Mundial, donde la OIT hizo dicho llamamiento a México, también se difundió que, de 143 países, el nuestro ocupa los últimos lugares en términos de competitividad, prácticas de contratación y despido. Las modificaciones a la ley, buscan fortalecer estos aspectos y mejorar el marco laboral. Se destaca que, dichas rectificaciones no serán retroactivas para quienes ya estén contratados, pero aumentarán la productividad en la medida en que las empresas y patrones enriquezcan sus esquemas de contratación y selección; capaciten de forma más eficaz; fijen de una manera más clara las causales de rescisión del contrato; y respeten la ley en lo referente al pago de indemnizaciones.
Las actuales modificaciones mantienen los derechos de los trabajadores una vez ya contratados y no sólo eso, sino que se ejercerán los contratos por temporada, previo periodo de prueba y capacitación por parte del patrón por un periodo que no puede repetirse o hacerse prorrogable. Estas últimas medidas han causado polémica pues se teme que eviten generar antigüedad por parte del trabajador. También se destaca que existirá también el contrato por hora donde el salario será fijado por el patrón y el trabajador en conjunto. Ésta resulta también una decisión controversial por los abusos e incongruencias que pudieran resultar como por ejemplo la disminución del monto del salario mínimo, lo cual sería ilegal.
Se trata una ley con claras virtudes como la de flexibilizar la relación del trabajador con quien lo emplea, evitar conflictos laborales, reducir costos; disminuir el uso del esquema de sub-contratación o outsourcing que se ha desvirtuado en México ocasionando evasión fiscal; y bajar las cifras del empleo informal. Sin embargo la misma naturaleza laxa de la renovada disposición, hace temer a los expertos sobre el surgimiento de nuevas injusticias en el ámbito laboral, una de las mayores preocupaciones es que se propicien despidos injustificados pues de acuerdo a las renovaciones, para el patrón ya no será una obligación informar al trabajador de forma directa cuando éste sea despedido, si no que esto ocurriría a través de la Junta de Conciliación y Arbitraje. En contraste, las reformas se dice, mejorarán la calidad del empleo, y se espera que elimine aquellas malas prácticas que ocasionan desigualdad. En el documento se regulan y sancionan también conductas de acoso y hostigamiento sexual e incluye a las emergencias sanitarias como causales de despido o suspensión de la relación laboral.
Otro aspecto importante de la Reforma Laboral es el relacionado a los grupos que se encuentran rezagados dentro del mundo profesional; se trata de jóvenes y mujeres que, ante la falta de oportunidades, en la actualidad han tenido que recurrir al empleo informal para desarrollarse económicamente; la Reforma busca combatir la rigidez de la legislación anterior, que impedía el desarrollo de un gran sector productivo que finalmente terminaba trabajando en la informalidad. Datos del 2009 señalan que el 53% de los jóvenes mexicanos que trabajan y que tienen entre 15 y 29 se dedican a labores informales, sin contrato o prestaciones y garantías. En cuanto a los adultos, el 35.2% se encuentra en la misma situación.
La nueva legislación prevé licencias de paternidad, otorgará tres días con goce de sueldo a los hombres cuando nazcan hijos o adopten un infante; en cuanto a las mujeres, el descanso pre y postnatal ha sido modificado del tal suerte que podrán transferir cuatro de las semanas de descanso previas al parto para después del nacimiento del hijo, si su estado de salud lo permite; también amplía el periodo de lactancia hasta un término máximo de seis meses y existirán licencias de maternidad por adopción durante seis semanas.
En conclusión, la RSE se tendrá que ver fortalecida o mejor gestionada al incorporar temas de una mejor selección sin discriminación, una buena inducción, mantener los derechos de los trabajadores contratados temporales y permanentes y ser mucho más claros en causales de recisión para que realmente esta reforma laboral sea un ganar-ganar e impulse la generación de empleos, productividad pero también beneficie y proteja los derechos de los trabajadores y sus nuevas prestaciones en temas de equidad de género como se mencionó anteriormente.