De forma usual asociamos el término compliance a la gestión de riesgos penales y a la prevención de delitos en el ámbito de la empresa. Si bien es cierto que el compliance comporta la necesidad de alcanzar un cumplimiento normativo que la empresa tiene que hacer frente debido a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, nos equivocaríamos si otorgáramos la exclusividad de este término al orden penal.
Justamente el incremento del riesgo legal por parte de las empresas, producido por un volumen creciente de producción normativa con una interpretación compleja y un contexto de incertidumbre jurídica, hace más necesario que nunca la aplicación de nuevas herramientas preventivas. Nuevas herramientas que sean capaces de gestionar el grado de cumplimiento jurídico-laboral de las firmas y que consigan crear modelos organizativos, procedimientos y protocolos. Dichas herramientas nos conducen a un término indispensable para la gestión de cualquier empresa en el siglo XXI: El Compliance Laboral.
Entendemos, pues, por Compliance Laboral, el surgimiento de una herramienta que pretende convertirse en un modelo capaz de tratar de forma global las normas laborales (tanto voluntarias como obligatorias) que subyacen en una empresa. Es también un sistema que aborda las nuevas modalidades de trabajo en el ámbito digital, la gestión del capital humano, la protección de datos en el ámbito de la contratación laboral, la responsabilidad social corporativa y, también, la aplicación de las leyes. Nos encontramos, pues, con una herramienta que no solo gestiona el funcionamiento de la empresa y el cumplimiento de las normas laborales, sino que es capaz de crear una nueva cultura empresarial.
El compliance laboral nos permite minimizar riesgos, pero también implantar un código ético en la empresa que sepa tratar diferentes áreas de incidencia laboral, como la igualdad, la no discriminación, las condiciones de trabajo, la prevención de riesgos o el acoso laboral. Es importante tener presente que la aplicación de un código empresarial encarado al Compliance Laboral debe pivotar bajo tres pilares fundamentales: los códigos éticos orientados al cumplimiento normativo ético y responsable, la creación de modelos de prevención de riesgos legales en el ámbito laboral, y la gestión de canales de denuncia interna.
El código ético de la empresa debe ser claro y preciso, adaptarse a los Derechos Fundamentales y a la normativa existente y debe ser totalmente intolerante ante la aparición de conductas prohibidas por dicho código. Consecuentemente, deberá contar también con un régimen disciplinario ante el incumplimiento del código.
Desde la Asociación Española de Auditores Sociolaborales apostamos por crear un equipo interdisciplinar que elabore una Compliance Laboral adaptado a la empresa y teniendo siempre en cuenta los tres pilares fundamentales de la herramienta. Además, resulta indispensable la figura del auditor, un profesional independiente que tenga la potestad de auditar la actualización y el seguimiento del código ético y que forme parte de la elaboración de la Compliance. También resultará imprescindible la creación del Compliance Officer. Una figura que se dedique a la supervisión, la vigilancia y el control del código. Resulta evidente esta figura, pero uno de los errores más comunes de las empresas llega en el momento de supervisar y aplicar cualquier normativa o código ético.
Para ello, la auditoria sociolaboral deberá emitir un informe adecuado a las normas sociolaborales exigibles legalmente, que se acote a un periodo determinado y a una materia concreta. El objetivo pasa por crear un sistema de gestión eficiente capaz de crear un método comunicativo eficaz entre los distintos actores de la compañía.
La aplicación de un programa de Compliance Laboral se habrá conseguido en el momento que dicha herramienta cuente con la complicidad de todos los actores implicados en la empresa, tanto empresarios como trabajadores. Será entonces cuando se habrá alcanzado un sistema de gestión integral que creará una nueva cultura empresarial que hará destacar los valores empresariales basados en la igualdad, el bienestar laboral y el cumplimiento normativo.