A principios de marzo El Economista se puso en contacto con todas las empresas del Ibex 35 para conocer si tenían un responsable de ESG (o de sostenibilidad), con qué nombre identificaban a esa posición y si dicha posición estaba en el comité de dirección de la empresa. Casi todas las empresas contaban con una persona al cargo de cuestiones de sostenibilidad. De hecho, en su artículo incluyeron el listado, empresa a empresa, con el nombre de dichas personas.
En julio de 2021, apenas ocho meses antes, el periódico Cinco Días había realizado un ejercicio parecido con un resultado bien diferente: 12 de las 35 empresas carecían de una comisión que se responsabilizase de la sostenibilidad.
Viendo que es un tema que despierta interés y partiendo de la información existente de esos dos estudios previos, nos hemos puesto a revisar las páginas web de las empresas que componen el selectivo, para comprobar cómo está evolucionando la cuestión. De manera resumida, hemos visto que:
– Todas las empresas del Ibex 35 han integrado la sostenibilidad en sus órganos de gobierno, probablemente: (i) en cumplimiento de la obligación de presentar su estado de información no financiera junto con sus cuentas anuales, o (ii) siguiendo la recomendación del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas sobre la creación de una comisión de sostenibilidad dependiente del Consejo de Administración.
– Casi el veinte por ciento de las empresas que forman el Ibex 35 carecen de un órgano independiente que se ocupe de la sostenibilidad. Estas empresas, por lo que se desprende de sus páginas web, han optado por desarrollar una política de sostenibilidad cuya gestión y seguimiento recaiga en los órganos de gobierno ya existentes en la empresa.
– Hay una considerable diversidad en la terminología utilizada para identificar el órgano, colegiado o unipersonal, en el que recae la responsabilidad sobre las cuestiones de sostenibilidad.
– Hay bastante diversidad en la ubicación de dicho órgano dentro del organigrama de las compañías analizadas.
Es cierto que hoy no existe una norma que regule de manera precisa el lugar dónde se debe ubicar la sostenibilidad dentro del organigrama, como por ejemplo ocurre con la comisión de auditoría. Tampoco existe una norma que establezca el nombre que debe tener dicho órgano. Pero creemos que la tendencia nos irá llevando hacia una unificación de la terminología y la ubicación. Es lo que ocurrió, recordemos, con la comisión de auditoría cuando, en 2002, se estableció por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico su obligatoriedad para las sociedades cotizadas. Desde aquel lejano 2002 hasta hoy se han ido reforzando sus funciones supervisoras, de independencia y de profesionalización de sus miembros.
Y, ¿por qué creemos que la tendencia será a la unificación de la terminología y la ubicación? Porque el proyecto de directiva de Informe de Sostenibilidad Corporativa que viene a sustituir la vigente directiva de información no financiera pretende ampliar el ámbito de aplicación – más compañías obligadas a reportar sobre sostenibilidad -, exigirá la revisión del informe por un experto y requerirá de información más detallada y comparable.
Cada vez más personas ponen en cuestión que la gestión de la empresa, enfocada únicamente en el interés de sus accionistas, sea un principio de gestión adecuado (teoría de premio Nobel Milton Friedman, NY Times magazine, septiembre 1970). Vemos una evolución hacia la creación de valor compartido como fuente de crecimiento de la empresa, compartido entre la empresa y la Sociedad, como única solución para ser sostenible (M. Porter. Harvard Business Review, enero 2011).
Hasta que las jurisdicciones locales vayan adoptando las exigencias de los países más desarrollados (con la UE a la cabeza en este impulso regulador) son los organismos internacionales, desde un enfoque de voluntariedad, quienes están definiendo unos estándares, bastante detallados, para que las grandes multinacionales y sus subcontratas incluyan las preocupaciones sociales y medioambientales en sus comunicaciones y en su hacer diario. Para defender su reputación frente a la opinión pública y frente a los inversores.
Cada vez se tiene más en consideración, a la hora de adquirir cualquier producto, en un país desarrollado, el origen del producto, lugar de fabricación, condiciones de las personas que lo han elaborado, etc… El riesgo reputacional se ha elevado y trasciende regulaciones y fronteras. Los inversores son sensibles a los datos de transparencia obligada que cada vez son más sofisticados debido al desarrollo de tantos estándares de información y de rating sobre los temas ESG. La propuesta de directiva citada busca homogenizar toda esa información y probablemente conlleve una homogenización de los órganos encargados de recopilarla y reflejarla en el oportuno reporte anual.
Según información de la propia Comisión Europea, cuando entre en vigor la nueva directiva, la cual estaba prevista para 2023, se van a multiplicar, más de cuatro veces, el número de empresas que tendrán que reportar sobre temas de sostenibilidad, pasando de las 11.700 empresas que actualmente reportan a cerca de 49.000 con la nueva norma.
Dicho lo anterior, lo cierto es que empiezan a oírse voces en el mercado contrarias a la utilidad del reporte en temas ESG y principalmente porque es mucha la información a reportar y complicada la comparabilidad.
Como ejemplo hay que indicar que el pasado mes de mayo el índice S&P 500’s ESG excluyó, en su revisión anual, a Tesla -el paradigma de los coches eléctricos y la sostenibilidad – de dicho índice de las 500 empresas más sostenibles. La exclusión se fundamentó, tras analizar los tres factores de ESG, que Tesla carece de un plan para reducir su huella de carbono, tampoco tiene un Código de Conducta y se habían reportado incidentes de racismo y malas condiciones de trabajo en una de sus fábricas de California.
Al hilo de esta noticia existe una corriente de opinión que pide que no seamos tan ambiciosos en el reporte de información ESG y empecemos de una manera más humilde fijándonos, al menos, en conocer nuestra huella de carbono y en comprometernos a reducirla. La idea exige que estandaricemos el cálculo de la misma a fin de que la comparación entre empresas resulte sencilla y sirva de referencia para todos.
La idea no nos parece mala, ya que sólo contando con información precisa y comparable podremos saber las empresas que contaminan y ello nos ayudará a todos a entender quien está siendo verdaderamente sostenible, al menos en el ámbito de lucha contra el cambio climático.
Así que volviendo al título de esta tribuna, creemos que las empresas del Ibex 35 están en el camino correcto, que las normas que vienen, probablemente homogenizarán la composición y funciones del órgano responsable de la sostenibilidad y que independientemente de su ubicación y nombre deben intentar reportar de la manera más clara y comparable, empezando por la huella de carbono y su compromiso de reducción.
En el proyecto de directiva de Informe de Sostenibilidad mencionado se da mucha importancia a que la información esté fácilmente accesible y sea “machine readable”. Si tomamos esta tendencia podemos ver qué empresas del Ibex 35 se están adelantando a lo que viene, ya que 29 de ellas (un 82,85%) ya tienen en su web corporativa un enlace directo a “sostenibilidad”, solo un 17,15% carece de ese enlace directo.
De entre las que sí tienen el enlace directo, la gran mayoría utilizan la palabra “sostenibilidad” lo que sin duda ayuda a su rápida localización. Hay otras seis que han decidido “renombrar” el apartado, tres utilizando el término Responsabilidad Social o usando el acrónimo RSC, otras completando la palabra sostenibilidad, como sostenibilidad e innovación, y una empresa que no utiliza la palabra sostenibilidad y la cambia por la expresión “nuestro compromiso”.
Por consiguiente sirva el presente como aviso a navegantes que si quieren empezar a integrar la sostenibilidad en sus empresas, el conocer la huella de carbono puede ser un buen punto de arranque.
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