Garantizar el respeto de los derechos de los refugiados, y su correcta atención, constituye un reto de la máxima importancia para nuestras instituciones y para la sociedad civil. Los refugiados son personas protegidas por el Derecho Internacional Público, concretamente por la Convención de Ginebra de 1951 sobre el estatuto del refugiado. La Convención de Ginebra ofrece protección internacional a aquellas personas que huyen de violencia o persecución. Esta protección supone el derecho de estas personas a no ser devueltas al país de procedencia, y a poder vivir libremente en cualquiera de los Estados de la Convención de Ginebra (como España).
Para cumplir con las obligaciones internacionales aplicables, es crucial que las personas que merecen protección internacional sean debidamente identificadas, y que reciban la atención personalizada y especializada que puedan requerir (por ejemplo, para recuperarse y restablecerse de violencias de las que hubiesen sido víctimas).
También es fundamental que las historias de estos refugiados puedan ser explicadas y acreditadas ante las autoridades competentes, para que les sea reconocido el derecho de asilo. Lo anterior requiere, en muchos casos, de un intenso trabajo de atención psicosocial y de defensa jurídica. La coordinación entre el trabajo psicosocial y el jurídico aporta, en nuestra experiencia, un valor añadido relevante y en ocasiones determinante.
En este sentido, la Fundación Profesor Uría y el despacho Uría Menéndez colaboran con el Programa Ödos, liderado por la Fundación EMET Arco Iris y que cuenta con el apoyo de ACNUR. El Programa Ödos tiene un enfoque combinado de infancia y género, orientado en la asistencia de mujeres procedentes de África que llegan a España embarazadas o acompañadas de niños pequeños. Las entidades que colaboran en el Programa Ödos ofrecen, de forma articulada, la primera acogida y ayuda para la autonomía e integración en España de las familias que quedan en nuestro país.
Por ejemplo, en el ámbito jurídico, esta colaboración ha permitido un trabajo conjunto con resultados exitosos en solicitud de protección internacional para mujeres y niñas que llegan al Programa Ödos huyendo de su país de origen para evitar ser víctimas de mutilación genital femenina, o de violencia doméstica. También ha logrado un caso exitoso de reagrupación familiar entre una mujer con el estatuto de refugiada y su hija menor de edad que había permanecido en el país de origen.
Esta colaboración también ha trabajado en la identificación y defensa de los denominados “niños invisibles”. Se trata de los niños que nacieron durante el trayecto migratorio de su madre entre el país de origen en África y España. Estos niños, al haber nacido sin asistencia médica, carecen de partida de nacimiento y de inscripción en ningún registro (estatal o consultar). Esto supone, en muchos casos, que ningún Estado reconozca una nacionalidad a ese niño o niña. El derecho a la nacionalidad constituye para los niños un “derecho a tener derechos”, y sin ella se crean obstáculos de difícil superación para el ejercicio de sus derechos fundamentales (escolarización, acceso a la sanidad pública, etc.). Es preciso conseguir que en estos casos los Estados donde residen estos niños cumplan con el derecho de todo niño a tener una nacionalidad, como establece la Convención sobre los Derechos del Niño.
El Programa Ödos constituye una alianza estable en el tiempo con una visión a largo plazo. Esto permite aprender y avanzar conjuntamente sobre la vista de una sucesión de casos, generándose un conocimiento y precedentes aplicables a futuros casos. Este tipo de colaboración estratégica y de larga duración supone un compromiso que va más allá del asesoramiento en un caso concreto, y que pretende explorar soluciones innovadoras en nuestro ordenamiento jurídico.
Este artículo forma parte del Dosier Corresponsables: Día Mundial del Refugiado