La información no financiera cada vez tiene más relevancia en las empresas. Por ello, crece la necesidad de presentar información detallada sobre ello. A través del reporting, las empresas presentan informes que documentan los datos financieros, ambientales, sociales y de gobernanza de una empresa, con el fin de garantizar la transparencia y la rendición de cuentas ante los diferentes grupos de interés.
Las nuevas regulaciones del reporting abarcan una gama más amplia de temas e impulsan la transparencia y la rendición de cuentas en el ámbito empresarial. Actualmente, estas regulaciones están enfatizando cada vez más la divulgación de información no financiera, como los impactos ambientales, sociales, de gobierno corporativo, derechos humanos o ética empresarial.
En junio de 2022, el Consejo y el Parlamento Europeo modificaron la Directiva NFRD sobre información no financiera de 2014, introduciendo exigencias más detalladas en materia de informes. Esta nueva Directiva garantiza que las grandes empresas estén obligadas a publicar información en materia de sostenibilidad, como los derechos medioambientales, los derechos sociales, los derechos humanos y los factores de gobernanza.
En enero de 2023 entró en vigor esta misma Directiva, conocida como CSRD. A partir de 2024, las empresas tendrán que aplicar las nuevas normas por primera vez en su ejercicio. Con esta Directiva, se establece la obligación para las empresas de elaborar el informe de información no financiera utilizando el Formato Electrónico Único Europeo (ESEF, por sus siglas en inglés), el cual ha sido el estándar utilizado desde 2021 para los informes financieros.
La nueva Directiva pretende promover la cultura de la transparencia sobre el impacto de las empresas en las personas y en el medio ambiente, ayudando a inversores y a otros grupos de interés a tomar mejores decisiones informadas y sostenibles. Estas nuevas normas también exigen a un conjunto más amplio de grandes empresas, así como a pymes cotizadas, que informen sobre la sostenibilidad, aproximadamente, 50.000 empresas en total. Estos cambios significan, claramente, un antes y un después en el reporting del ámbito de la sostenibilidad.
Pacto Verde Europeo
Esta Directiva es, además, una de las bases fundamentales del Pacto Verde Europeo, la estrategia con la que la UE pretende alcanzar la neutralidad climática en 2050. El Pacto Verde Europeo incluye una serie de iniciativas políticas que abarcan temas como el clima, el medio ambiente, la energía, el transporte, la industria, la agricultura o las finanzas sostenibles, todas ellas estrechamente relacionadas.
Para lograr el cumplimiento de esta estrategia, es fundamental que las empresas presenten informes de su actividad no financiera. De esta manera, se puede garantizar un control y un cumplimiento de los acuerdos establecidos en el mismo Pacto y, por consiguiente, alcanzar los objetivos propuestos.
¿A quién repercute la CSRD?
La Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) establece la obligación de reportar a más de 49.000 empresas de la UE. Las empresas cotizadas en mercados regulados, las grandes empresas europeas y las filiales de empresas no pertenecientes a la UE que operan en su territorio deben cumplir con la Directiva. Las empresas de seguros y entidades de crédito, sin importar su forma jurídica, también están incluidas en el ámbito de la Directiva.
Sin embargo, las microempresas cotizadas y las pymes no cotizadas no están obligadas a cumplir con la CSRD, pero tienen la opción de cumplir voluntariamente. En cuanto a las filiales, podrían estar exentas si son incluidas en el informe de la empresa matriz.
Fases de aplicación de la ley
La CSRD se implementará gradualmente, comenzando con las grandes empresas de interés público sujetas a la Directiva de información no financiera, seguidas por otras grandes empresas y, finalmente, por las pymes cotizadas y otras empresas:
- 1 de enero de 2024, se aplicará a las grandes empresas de interés público con más de 500 empleados y que ya están sujetas a la NFRD. Estas empresas deberán presentar sus informes a partir de 2025.
- 1 de enero de 2025, se aplicará a las grandes empresas que actualmente no están sujetas a la NFRD, y que cumplan con los criterios de tener más de 250 empleados, una facturación de 40 millones de euros o más, o activos totales de 20 millones de euros o más. Estas empresas deberán presentar sus informes a partir de 2026.
- 1 de enero de 2026, la CSRD se aplicará a las pymes cotizadas y a otras empresas, como las entidades de crédito pequeñas y no complejas. Estas empresas deberán presentar sus informes en 2027. Algunas de ellas podrán optar por una “exclusión voluntaria” hasta 2028.
- 1 de enero de 2028, la CSRD se aplicará a empresas de terceros países que tengan filiales y sucursales en la Unión Europea. Estas empresas elaborarán su primer informe en 2029.
La necesidad de aplicar la CSRD en las empresas
Según un estudio realizado por Lefebvre Sarrut, vemos que el 45% de las empresas europeas aún no ha tomado ninguna medida para prepararse ante la próxima entrada en vigor de la CSRD. De hecho, de las 744 empresas europeas encuestadas, de varios tamaños y sectores, el 40% no está familiarizada con los criterios ESG y el 43% no tiene un referente designado para los criterios ESG. La falta de acción por parte de estas empresas es preocupante, ya que la Directiva busca impulsar la responsabilidad corporativa y garantizar que las empresas informen sobre su desempeño en áreas clave de sostenibilidad, como el cambio climático, la protección del medio ambiente, los derechos humanos y la igualdad de género, entre otros aspectos relevantes.
Por este motivo, es crucial que las empresas tomen en serio la importancia de la ley y tomen medidas proactivas para cumplir con sus requisitos, ya que la sostenibilidad es un aspecto cada vez más importante en el mundo empresarial. Las empresas que se anticipen y actúen de manera responsable, sin duda alguna, estarán mejor posicionadas para el futuro.
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